BANCOS QUE NO RETENDRÁN EL DINERO DEL AFILIADO Y PASOS PARA SOLICITAR 25% DE TU AFP

Una breve explicación de los pasos:
Los afiliados a las AFP ya pueden realizar las solicitudes de retiro hasta 25% de sus fondos de pensiones
OJO: Las solicitudes ya comenzaron el lunes 18 de mayo.
¿Qué pasos debo a ver?
- Ingrese a www.consultaretiroafp.pe y selecciones la opción (25%)
- Escriba el número de DNI y tu fecha de vencimiento
- Si coloca su DNI, le pedirá consignar el dígito verificador (la web le mostrará un ejemplo para identificarlo)
- Seleccione la casilla del captcha para iniciar con el registro de tu solicitud
- Rellene su solicitud de retiro, colocando su correo electrónico, teléfono, dirección, número de cuenta bancaria (sin espacios y guiones) y el monto que solicitará.
¿Existe un cronograma para los afiliados?
Si, existe un cronograma para Registrar la Solicitud, de acuerdo al último dígito de su DNI

¿Cuál es el horario de la plataforma?
En la web consultaretiroafp.pe; los aportantes podrán realizar la solicitud desde las 8am hasta las 8pm y estará habilitada de lunes a viernes.
¿En qué entidades podré solicitar el depósito?
Banco de la Nación, BanBif, BBVA, BCP, Caja Huancayo, Interbank, Banco Pichincha y Scotiabank.
¿En qué entidades podré solicitar con código de cuenta interbancaria (CCI)?
Banco de Comercio, Caja Arequipa, Caja Piura, Caja Sullana, Caja Tacna, CrediScotia, Banco Falabella y Banco GNB.
¿Cómo se realizará la entrega del dinero?
IMPORTANTE: La solicitud debe realizarse por única vez ante la AFP a la que aporten en máximo 60 días luego de iniciada la aplicación de la Ley.
El 50% del monto solicitado, será entregado en un plazo máximo de 10 días calendarios y el monto restante se entregará luego de unos 30 días de realizado el primer desembolso.
¿Cuánto es el monto que puedo retirar?
El trabajador podrá retirar el 25% de su fondo de pensión. Puede retirar un mínimo de S/.4300 y un máximo de S/.12,900.
En caso el afiliado cuente con un fondo menor de S/.4300, en ese caso, podrá retirar el 100% de su AFP.
Si me acogí el retiro de los S/2000 que estableció el Gobierno anteriormente ¿Puedo retirar el 25% de mi AFP?
Si el afiliado se acogió el retiro de hasta S/2000 que estableció el Gobierno; también podrán aplicar a esta Ley, pero se les descontará el monto que ya recibieron de sus aportes.
OBSERVACIÓN: La web de la Asociación de AFP, mencionó que quienes hayan realizado el retiro bajo el Decreto de Urgencia N°038-2020, no se les descontará nada, entonces; el descuento no aplicará a los trabajadores con salarios menores de S/2400 ni a aquellos empleados afectados por la suspensión perfecta de labores.
¿HABRÁ DESCUENTO A QUIENES TIENEN TENGAN DEUDAS PENDIENTES?
La Ley N° 31017 que aprueba el retiro del 25% de las AFP no estableció que estos depósitos dan hasta S/12900 sean intangibles.
Por lo tanto, si el afiliado que solicite el retiro y por consiguiente tienen deuda pendiente, la entidad financiera puede descontar o retener parte del monto.
Ante esto, La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) determinó mediante el Decreto de Urgencia N° 056-2020, que para proteger estos depósitos los bancos podrían crear cuentas intangibles.
El gerente general de AFP Integra, Aldo Ferrini; indicó que las entidades financieras que están aplicando el decreto son BanBif, BBVA, BCP, Caja Huancayo, Interbank y Scotiabank. Entonces estas entidades no retendrán el dinero del afiliado.